2.8
Así pues, dadas las condiciones entitativas de encuentro con lo ajeno, la posesión no es otra cosa que tener la seguridad, sobre algo, de que estará dispuesto a mi servicio cuando Yo lo desee. Es decir que lo que se atiende con la posesión es la garantía del deseo satisfecho. Se trata de que el ente mío, ante lo que en el mundo se le niega ontológicamente, pueda, sin embargo, disponer de su manifestación, de su fuerza y de su acto como convenga mejor a los intereses del poseyente. Se trata, así, una extensión de la entidad propia en sus capacidades, a las que se les suman las capacidades de lo poseído, aunque tan sólo en cuanto que se dispone de ellas —pues, a buen seguro, no todo lo que ellos son puede estar dispuesto, en tanto que la entidad misma está fuera de la soberanía—.
Esta extensión de las capacidades que tengo es una manera en la que se cumple una exigencia entitativa; pero no se trata de que mi entidad, propiamente, aumente, sino de aumentar mis posibilidades de éxito en la consecución futura de lo que consumo. Al fin, la satisfacción que conviene al encuentro con lo ente ajeno a lo que Soy es la de consumirlo, la de incorporarlo a lo que Soy para que Yo pueda permanecer siendo —por lo menos, eso es en el sentido más primario—, y a eso se aplican, en principio, todas las capacidades y los sentidos de los que dispongo: a encontrar la forma mejor de alimentarme y de reproducirme con el menor riesgo. Que se posea una herramienta de trabajo, un vestido, una despensa, un esclavo, etcétera, posibilita que ocurra la consumación de un deseo, de una exigencia de mi entidad para cumplir con el postulado entitativo.
Pero poseer algo no es sólo emplearlo, no se poseen las cosas en el momento en el que se usan, sino que en ese momento se dispone de ellas. La posesión, si ha de ser tal, debe trascender el momento mismo del empleo para colocarse como la seguridad del por-venir de su empleo; es decir, que se garantice el poder realizar con ello lo que quiera. El ámbito, entonces, en el que juega la posesión es el de la potencia [el de la posibilidad]: que Yo pueda disponer de lo que me pertenece es, al fin, en lo que consiste la posesión.
La potencia, sin embargo, nunca es presente; lo que se presenta es ya actual. El nacimiento de la potencia se da, de manera muy tenue, en la concepción sensitiva, pero es en la concepción imaginativa en la que se da un encuentro algo más grave con lo que no es presencia, sino que se representa en una emulación del mundo. El poder siempre lo es hacia el futuro. Poseer algo es tener potencia sobre el, es determinarlo en su situación para un acto que Me realiza a mí, disponiendo de sus capacidades a favor de mis necesidades; pero eso no se refiera a algo que ocurre ahora, sino a lo que está por-venir. Realizar un trabajo no es ejercer una posesión. El acto de la posesión [la apariencia de la posesión en el ahora de mi existencia] se da hacia el futuro: es la proyección de que algo que no soy Yo estará para Mí, para lo que Yo disponga que esté.
Así, lo que con la posesión se gana no es el ser más [el extender mi entidad] de hecho, sino la posibilidad de asegurarse {ser aún} en lo porvenir, siempre incierto, siempre sorpresivo. Es encontrarse a sí mismo —especulativamente— en el futuro y saberse en condición de conseguir lo que le faltará, es poder desarrollar la posibilidad de algo más que lo que ya está garantizado. Es un sentimiento de satisfacción anticipado, imaginario, y esto abre la posibilidad del gozo ahora, en el entendido de que lo porvenir está garantizado.
La seguridad, entonces, no es una condición menor, sino que permite, para el ente en el que ocurra la especulación, un bienestar; es decir, que disipa el sufrimiento que viene de las proyecciones que niegan mi posibilidad, y me re-presenta a la satisfacción de Mi motivación; esto es: me encuentra con la satisfacción que será.
Empero, ya que toda posesión es tan sólo posible, y no hay una posesión actual más allá de la dimensión especulativa (es decir, que no es tal en lo entitativo, sino tan sólo en lo especulativo, en la proyección de lo que Soy hacia un tiempo que no es todavía), lo ente no resiente la posesión en su entidad, sino tan sólo en su existencia1. Por lo tanto, la seguridad que constituye la posesión puede verificarse o falsearse; está sujeta al principio de aprendizaje-incorporación que constituye mis instancias de actuación: cada vez que se ejerza lo que la posesión promete, se reforzará, mientras que de no hacerlo, se falseará. La seguridad de la posesión es, así, la seguridad de la verdad de la disposición de lo que “me pertenece”; lo que significa, a su vez, que la posesión funciona como un concepto, no como un hecho; que lo que en el mundo se conoce que poseo no es tal desde sí, sino en Mí: en lo que existo. La posesión no trasciende la existencia (la propia, en primer lugar, y la de otro, si es que comparte tal concepción) para darse en la realidad. Lo que realmente permanece conmigo es tan sólo la seguridad de que me pertenece sin que fácticamente sea así, ni pueda en absoluto serlo.
El único momento en el que se actualiza tal concepción es en la verificación del concepto; es decir, en el hecho mismo en el que dispongo de lo que poseo para beneficio propio. La disposición de lo ajeno de Mí para mi servicio es el único hecho en el que se da realmente en encuentro con la satisfacción que la seguridad de la satisfacción me prometía y que me permitió el gozo pasado. La ejecución actual de lo que se supone en la posesión es lo único con lo que realmente se da en el acto [se realiza] lo que se esperaba en la convicción de que lo poseído es, efectivamente, de mí.
Es la seguridad de la verdad de la posesión lo que —la mayoría del tiempo— tiene presencia ante lo que Soy; se trata de especular mi situación porvenir y descubrirla como satisfecha en lo que hace a la cosa que, nominalmente, poseo. De la misma manera, una cosa que no poseo [que no tengo la seguridad de que vaya a permanecer dispuesta a mi satisfacción] implica que se re-presente ahora su ausencia, su negación para la consumación de lo que me demanda mi motivación; que se aparte su encuentro con lo que Soy, pero no como mera contemplación, sino como el encuentro a mi servicio de su capacidad, de la potencia que le pertenece a la cosa poseída para aumentar mi potencia. Esta negación me merma en la proyección de la realización de mi entidad y del postulado entitativo que la motivación me manifiesta como agrado o molestia. Es el sufrimiento que viene de la consideración de lo que seré, de lo que me puede pasar. El encuentro especulativo con la efectividad de mi menesterosidad sensitiva, con el dolor y la molestia que me esperan, con el tiempo que se acerca y en el que lo que ahora me colma se irá y lo que pudo colmarme ahora me queda vedado para entonces. La carencia induce al sufrimiento porque soy consciente [conociente] de que Yo voy a ser y de que lo que ahora tengo no estará conmigo, que rehuirá al Mi movimiento que lo busque, al mi clamor entitativo de la satisfacción de mi ánimo.
La carencia es sufrimiento si lo que se me niega me hace falta para mi realización, para el cumplimento en la entidad de lo que a mi motivación me llama: en el estado concreto de mi existencia, ser de tal manera.
Dicho esto de un ente consciente [existente] y con la dimensión proyectiva que supone el encuentro con la posibilidad de ser futuro. Los entes inanimados, por su lado, no la recienten sino en la existencia que tienen como objeción de un existente.↩